La Oficina ha firmado la declaración de Dublín de la NEIWA

18 de diciembre de 2021 / BY / IN Actualidad, Prensa

La Oficina anticorrupción de las Illes Balears ha firmado la declaración de Dublín que ha emitido la Red de autoridades europeas de integridad y denuncia de irregularidades (NEIWA, Network of European Integrity and Whistleblowing Authorities),  creada en mayo de 2019, y que actualmente representa a 22 Estados miembros de la Unión Europea (UE), como plataforma de cooperación, intercambio de conocimientos y experiencias en el campo de la integridad, y denuncia de irregularidades, con especial atención a la aplicación de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, sobre la protección de las personas que notifiquen infracciones del Derecho de la Unión (en adelante, «la Directiva»). 

Esta Red considera que las personas que reportan información sobre amenazas o daños al interés público obtenida en el contexto de sus actividades relacionadas con el trabajo hacen uso de su derecho a la libertad de expresión, de acuerdo con la Carta de la UE de Derechos Fundamentales y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y la oportunidad de denunciar de manera segura una infracción son condiciones esenciales para promover la integridad en el lugar de trabajo y, al hacerlo, proteger el interés público.

La NEIWA también se esfuerza por mantener los estándares internacionales reconocidos para la protección de los denunciantes y la promoción de la integridad. En base a ello, se ha emitido la declaración de Dublín en la que la NEIWA:

  • Recuerda a los Estados miembros de la UE que están obligados a trasponer la Directiva (UE) 2019/1937 a la legislación nacional antes del 17 de diciembre de 2021, y se les alienta a completar sin demora la transposición. 
  • Destaca que los denunciantes deben estar protegidos contra cualquier forma de represalia y tienen derecho a las medidas de protección disponibles.
  • Hace hincapié en que elementos importantes de la Directiva pueden tener efecto directo en la legislación nacional de los Estados miembros donde aún no se ha producido la transposición.

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